El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social publicó la Resolución 178 / 2020, que establece el otorgamiento de licencia excepcional a todas aquellas personas trabajadoras del sector público o privado en relación de dependencia que ingresen al país desde el exterior, para que en forma voluntaria permanezcan en sus hogares, de acuerdo con lo dispuesto en las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación, en el marco de la acelerada propagación de coronavirus a nivel mundial.

Establece que la licencia no afectará la normal percepción de las remuneraciones normales y habituales, como así tampoco de los adicionales que por ley o convenio les correspondiere percibir, e indica que no se computará a los fines de considerar toda otra prevista normativamente o por convenio y que pudieran corresponder al uso y goce del trabajador.

La Resolución fue establecida considerando que “las áreas competentes trabajan incansablemente para proteger la salud de la población” y que “el virus que causa el COVID – 19 se está propagando de persona a persona, y resulta de vital importancia la pronta aislación de ellas a efectos que no representen un riesgo de infección para otras”. 

Por ello, la norma determina que “es necesario atender desde el ámbito laboral las contingencias que esta urgente necesidad de aislamiento de personas en riesgo eventual de padecer la enfermedad genera”. E indica que corresponde brindar a los trabajadores y trabajadoras, tanto del sector público cuanto del sector privado en relación de dependencia, las garantías que derivadas de su relación de trabajo pudieran verse afectadas por esta contingencia, de manera tal que la misma no altere los derechos que le son normativamente reconocidos.

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