Tras su paso por Diputados a principios de mes, hoy la Cámara de Senadores aprobó el nuevo régimen de promoción para la industria de los biocombustibles, con 43 votos a favor y 19 votos en contra. La norma apunta a brindar certidumbre y condiciones que permitan el desarrollo de una actividad diversificada y eviten la concentración en el sector.

Con el objetivo de proteger la diversidad de emprendimientos asociados al biocombustible, la ley establece en forma taxativa que las empresas productoras y/o destiladoras de hidrocarburos no podrán ser titulares ni participar de empresas dedicadas a la actividad.

La ley tendrá vigencia hasta el año 2030 y establece nuevos porcentajes de cortes para nafta y gasoil en relación con los distintos componentes que participen de su elaboración. En el caso de la nafta, pauta un mínimo obligatorio de 12% de bioetanol y una eventual reducción al 9%. Para el gasoil el corte mínimo del biodiésel será de un 5%, con una eventual reducción al 3%, mientras que para el caso de la caña de azúcar deberá contempla un mínimo de 6% de mezcla obligatoria.

La Secretaría de Energía queda definida como autoridad de aplicación del régimen. Además, se contempla la creación de una “Comisión de Biocombustibles” con la participación de organismos nacionales y de un “Consejo de Provincias Productoras”, dos instancias que permitirán monitorear el estado de la actividad y las necesidades de cada región del país.

En marzo de este año, ante la finalización de la primera normativa sancionada en 2006 sobre la materia, el Congreso Nacional inició el camino hacia la elaboración de un nuevo marco regulatorio. El proceso contó con la participación de representantes políticos de las diversas provincias que cuentan con cultivos que sirven de base a la elaboración de combustible e integrantes de la cadena productiva.

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