El Decreto 832/2024 publicado hoy 16 de septiembre de 2024 en el Boletín Oficial modifica el régimen del Registro Único de Transporte Automotor de Cargas (RUTA), obligatorio para el transporte interjurisdiccional de cargas, en varios aspectos, de los cuales los más destacados son:

  • Se aumenta el peso neto de la carga mínimo a partir del cual debe realizarse la inscripción: (artículo 2): “se entenderá que existe transporte por automotor de cargas cuando la capacidad de carga del vehículo afectado a la actividad sea superior a TRES MIL QUINIENTOS (3500) kilogramos, y en el caso de los acoplados o remolcados, desde SETECIENTOS CINCUENTA (750) kilogramos. Se encuentran excluidas del alcance de esta reglamentación las casas rodantes remolcadas o autopropulsadas, sin límite de peso”.
  • Se modifica el sistema de realización de trámite, simplificándolo: (artículo 4): “El proceso de inscripción en el REGISTRO ÚNICO DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR (RUTA) será electrónico, declarativo, gratuito y no exigirá presencialidad”.
  • También se modifican las penalidades y los valores de multas por incumplimiento de inscripción y otras infracciones.

El decreto completo en el Boletín Oficial se puede leer en: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/313968/20240916