El Instituto Nacional de Vitivinicultura puso en marcha el sistema “SABE”. Se trata de un servicio de obtención de análisis para aptitud exportación, que permite agilizar la tramitación.

Según se indicó, este nuevo servicio surge de la necesidad planteada por el sector privado y las experiencias recogidas durante el periodo de pandemia. A través de SABE, cada bodega podrá elegir que canal usar según su necesidad.

Los tres canales de SABE son:

  • Canal Azul Preferencial: Declaración Jurada de Análisis Aptitud de Exportación

Cada certificación analítica de exportación aprobada por el Sistema de Declaración Jurada en Línea, implementada por este Organismo, requerirá la presentación de 1 ejemplar de muestras constituido por 2 botellas de 700 ml a 930 ml cada una o su equivalente en volumen si se trata de envases de menor capacidad, por número de Análisis de Aptitud Exportación, acompañada de 2 copias del certificado analítico correspondiente.

Cuando el análisis solicitado requiera dictamen de la Comisión de Degustación del INV, se deberá presentar 1 ejemplar adicional acompañado de 1 copia del certificado analítico pertinente. Los establecimientos que opten por esta opción deberán abonar un arancel preferencial

  • Canal Celeste Sistema mixto – Declaración Jurada y Análisis en Laboratorios del INV

En caso que el industrial opte por este sistema, al solicitar un análisis de exportación deberá consignar por Declaración Jurada en línea en los campos habilitados a tal fin, los datos requeridos y las siguientes determinaciones analíticas: masa volúmica, alcohol, extracto seco, azúcares reductores, acidez total, acidez volátil, desviación polarimétrica, sulfatos, cloruros, aspecto, color, aroma y sabor.

Por tratarse de un sistema mixto y con el fin de realizar el INV los análisis especiales que correspondan según el destino, el interesado deberá presentar en el laboratorio correspondiente, el Formulario Nº 1691 “Solicitud para Análisis de Exportación” con la muestra reglamentaria.

El número de Control generado deberá ser consignado en el citado Formulario. Los establecimientos que opten por esta modalidad deberán abonar un arancel preferencial.

  • Canal Bordó Determinación de Análisis en Laboratorios del INV

El exportador deberá presentar el formulario N°1691 “Solicitud para Análisis de Exportación, junto con la muestra reglamentaria conforme a lo estipulado en la normativa vigente. En el caso de las exportaciones de mosto deberá ajustarse a lo estipulado en la Resolución N° C-1/2002.

En tanto, se indicó que quedarán exceptuados de la presentación de muestras los productos cuyo destino final sea la exportación a los países que integran el Grupo Mundial de Comercio del Vino (GMCV). Para ello, deberán obtener los correspondientes Análisis de Exportación mediante el régimen de Declaración Jurada.