El secretario de Energía, Darío Martínez, brindó detalles acerca de la normativa que actualiza el régimen legal del biocombustible, la cual ya cuenta con media sanción en Diputados. Lo hizo ante las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Minería, Energía y Combustibles de la Cámara Alta.

“Nos parece un trabajo positivo en el orden de dar previsibilidad al conjunto de las políticas energéticas en un horizonte de mediano y largo plazo”, consideró Martínez. Asimismo, recordó que el origen de la legislación en la materia se remonta a la gestión del presidente Néstor Kirchner, quien en el año 2006 impulsó la sanción de la ley 26.093. Al respecto, afirmó que “a partir de esa ley, ya nadie discute que los biocombustibles son una gran herramienta en el camino de la transición energética, de la que la Argentina está participando con una matriz diversificada”.

La ley en detalle

Además, consideró que se buscó colaborar con una propuesta que actualice y mantenga los objetivos de la ley original para contar con “un régimen que establezca un plazo que dé inversiones y dé precisiones a las regiones para transformar la soja, el maíz o la caña en energía y en producción”. Martínez explicó que “los niveles de corte y precio han sido solicitados y consensuados con los sectores para buscar que las plantas se mantengan en plena producción“.

El secretario destacó que el artículo 5 define taxativamente un límite para quienes pueden integrar esta cadena productiva: “Las empresas que produzcan y/o destilen hidrocarburos no podrán ser titulares o tener participación en empresas que produzcan y/o destilen biocombustibles”. En ese sentido, Martínez aclaró: “Sin perjuicio de considerarlas como industrias que pueden complementarse, aquí dejamos asentado en forma específica quiénes pueden considerarse o no dentro del sector de los bios”.

El artículo 8 establece la mezcla obligatoria en el caso del biodiesel, sobre lo cual el secretario detalló: “Esto fue consensuado con los sectores y nos permitió tener un precio y un corte que nos permite estar en actividad y trabajando; de ahí que el esquema cuente con la posibilidad de subir y bajar el corte en función del precio para que no se nos paralice la actividad en las plantas y cuidando los puestos de trabajo”.

El artículo 9 hace lo propio para el bioetanol, mantiene el porcentaje actual y lo separa en 6% de caña y 6% de maíz. El secretario fundamentó el motivo de esa separación en la diferente lógica de cada producto: “Al no ser un commoditie el precio de la caña es más previsible, mientras que en el caso del maíz hay otras variaciones”. Y recalcó: “Lo que intenta la norma es tener un instrumento que le permita al Estado poder dar el precio que permita cubrir los costos”.

Martínez también destacó que, en su artículo 15, la nueva ley crea una “Comisión de Biocombustibles”, donde participarán todos los sectores que, desde el Estado, puedan aportar a ajustar y sostener una adecuada planificación de la política de combustibles a mediano y largo plazo. En ese mismo artículo también se establece la creación de un “Consejo de Provincias Productoras” en un esquema similar al existente para los hidrocarburos con la Ofephi, lo que permitirá garantizar el aporte del conocimiento y la visión de las provincias involucradas.

Finalmente, el secretario destacó que al sancionar una normativa que estará vigente hasta el 2030 se contará con una herramienta fundamental para planificar un horizonte de inversiones que permita la modernización de las plantas y la ampliación de la actividad en las economías regionales.

La Ley que regula la actividad de la producción de biocombustibles en Argentina estipulaba un plazo de vigencia de 15 años, y fue prorrogada en mayo último hasta la sanción del marco regulatorio que debe actualizarla. En el marco de ese proceso, la Cámara de Diputados el viernes pasado dio media sanción a una nueva ley que en el día de hoy comenzó a ser analizada en comisiones del Senado con vistas a su próximo tratamiento en el recinto.

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