Con la finalidad de garantizar la seguridad en las carreteras y puentes federales por donde circulan vehículos de autotransporte con carga, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) dio a conocer el proyecto que establece las condiciones de estiba y sujeción en que debe ser conducida. Además, se destacan los intervalos de revisión que se deben aplicar para evitar el movimiento y/o caída de la carga.

Entre sus considerandos, se cita el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, que establece que “la carga de un vehículo deberá estar acomodada, sujeta y cubierta en forma que no se ponga en peligro la integridad de las personas ni se causen daños materiales a propiedades de terceros”.

Pero también se explica que, en tanto no existe un documento normativo oficial, la determinación de si la carga no está bien sujeta queda a criterio de quien haga una verificación en carretera. Y por tanto, deja en desventaja al conductor del vehículo, incluso cuando la observación de la autoridad sea técnicamente correcta. Por otro lado, también se indica que aunque hay normativas vigentes (como la NMX-D314-IMNC-2014), estas no establecen funciones de obligatoriedad que deban cumplir las personas y empresas.

Ante este escenario, las autoridades estiman necesaria la emisión de la Norma Oficial Mexicana, para que toda la carga transportada sea sujeta de forma adecuada y se prevengan accidentes por la caída de la misma, o por cambios de posición durante su transporte.

Fue así que se ordenó la publicación del “PROY-NOM-015-SCT2/2021, Condiciones de seguridad en la estiba y sujeción de la carga, que deben cumplir los vehículos de autotransporte que circulan en las carreteras y puentes de jurisdicción federal, así como los intervalos de revisión, que deben aplicar para evitar el movimiento y/o caída de la carga”.

El proyecto fue publicado este 30 de junio en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Además, fue rubricado por el subsecretario de Transporte y presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, Carlos Alfonso Morán Moguel

En un plazo de 60 días, los interesados pueden presentar sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, resalta.