A través de la resolución 21/2021, publicada el 26 de enero 2021 en el Boletín Oficial, el Ministerio de Transporte de la Nación faculta a la Subsecretaría de Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante a exigir a los buques y/o armadores paraguayos la tramitación de un permiso especial de carga que incluya: el puerto de origen y de destino; la cantidad de volumen y tipo de carga; las embarcaciones en las cuales se pretende transportar dicha carga; y toda otra información que se considere pertinente.
El Ministerio de Transporte emitió el siguiente comunicado:
“La Subsecretaría de Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante podrá consultar, mediante nota a las Cámaras Navieras nacionales, la existencia de disponibilidad de bodega de bandera argentina y/u operada por armadores argentinos para atender la carga requerida, entre los puertos indicados en la solicitud de permiso especial de carga. Una vez recibidas las respuestas de las referidas Cámaras Navieras, el organismo podrá autorizar la solicitud, siempre que no existan buques de bandera argentina y/o armadores argentinos en condiciones de realizar el transporte en cuestión.
“Desde hace años la República del Paraguay implementa un régimen de reserva de cargas que establece una preferencia en favor de los buques bajo su bandera para transportar la mercadería de exportación o importación desde o hacia ese país, afectando a los buques de bandera argentina y generando una desigualdad de oportunidades en la participación dentro del ámbito del transporte marítimo y fluvial.
“Mientras que la carga argentina podía ser transportada por buques fluviales bajo bandera argentina o paraguaya en igualdad de condiciones, la carga paraguaya se encuentra reservada para embarcaciones de esa nacionalidad, lo que resulta una situación de inequidad manifiesta.
“La medida del Ministerio de Transporte de la Nación, que significa un avance muy importante en la recuperación de la soberanía del transporte fluvial y la igualdad de condiciones para los servicios de buques nacionales y extranjeros, estará vigente el plazo de tiempo que la República del Paraguay mantenga las medidas restrictivas a los buques y embarcaciones argentinas, y tiene como finalidad fomentar el ingreso de divisas, la creación de puestos de trabajo, y la baja de costos logísticos de bienes producidos por economías regionales.
“Es importante remarcar que desde el inicio de la gestión el Ministerio de Transporte de la Nación implementa un plan integral para llevar adelante políticas públicas que logren mayor soberanía en el transporte marítimo y fluvial. En este aspecto, la cartera nacional a cargo de Mario Meoni está avanzando en la reglamentación de la Ley de Marina Mercante y la Industria Naval, dialogando con todos los sectores y buscando priorizar las embarcaciones nacionales”.
La publicación de la resolución en el Boletín Oficial puede obtenerse aquí https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/240077/20210126