Con el objetivo de fortalecer la seguridad en el transporte, el Gobierno aclaró el alcance de diversas normas que regulan el transporte automotor de cargas nacional y su vigencia. Lo hizo a través de un trabajo articulado entre las distintas áreas de Transporte,

De acuerdo con lo informado, todos aquellos vehículos de carga que tengan modificaciones u alteraciones de su estructura original de fábrica deberán presentar certificados u homologaciones. Las mismas serán otorgadas por un Ingeniero Certificador dependiente de la Subsecretaría de Transporte automotor de la Nación, conforme lo establecido por Disposición SSTA Nro. 25/2009.

En tal sentido, se señaló que los mencionados “Ingenieros Certificadores” son localizables mediante un listado que se puede consultar en la Comisión Nacional de Tránsito y Seguridad Vial, en la Dirección Nacional de Cargas, perteneciente a la Mesa de Ayuda de la Gerencia de Fiscalización Técnica Automotor de CNRT.

Por otro lado, en cuanto a la vigencia del Artículo 2° de la Resolución MT 884/2018, relación peso-potencia, se destacó que la misma entraría en vigencia a partir del día 3 de diciembre de 2022, en los términos de dicha previsión. Esta norma se encuentra en estudio de una Comisión Técnica conformada por la Secretaría de Planificación de Transporte, la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, la Comisión Nacional de Tránsito y Seguridad Vial, y la Subsecretaría de Transporte Automotor.

El documento fue firmado por el Ministerio de Transporte, a través de la Secretaría de Planificación del Transporte, la Subsecretaría de Transporte Automotor y la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, junto a la Asociación de Ingenieros y Técnicos de la República Argentina, la Cámara de Talleres de Revisión Técnica Nacional y las Cámaras Nacionales de Transporte Terrestre.