La Asamblea Legislativa aprobó este jueves 3 de marzo, en sesión plenaria, reformas a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial a fin de incrementar a $57.14 las multas para los conductores de transporte de carga que transiten por calles y horarios no autorizados.
La modificación establece que los conductores de vehículos particulares u otro tipo de transporte que utilicen carriles ilegales y que obstruyan el paso de ambulancias sean sancionados con igual multa que al transporte de carga que circule en horas y zonas restringidas, ya que será considerado como falta “muy grave”
Las restricciones establecidas por la Dirección General de Transporte de Carga son en el Bulevar del Ejército, a los vehículos de carga con capacidad máxima de 15 toneladas en adelante, en el horario de 5 a 8 y 16.30 a 19; para los vehículos que van de Oriente a Poniente, a partir de la Aduana San Bartolo, y para los vehículos que circulan de Poniente a Oriente, a partir de la 54 Avenida Sur y 50 Avenida Norte.
Además, se restringe la circulación sobre el Bulevar Constitución a los vehículos de carga con capacidad máxima de 15 toneladas en adelante, en el horario de 5 a 8 y 16.30 a 19; desde Redondel Integración a los vehículos de carga que circulan de Norte a Sur; y de la Plaza Las Américas a los vehículos de carga que circulan de Sur a Norte.
De la misma manera, se restringe la circulación sobre la Carretera Los Chorros a los vehículos de carga con capacidad máxima de 15 toneladas en adelante, en el horario de 5 a 8 y 16.30 a 19; a los vehículos de carga provenientes de Sonsonate, desde el km. 25 a la altura de Criaves y los vehículos de carga provenientes de Santa Ana del km. 28 en adelante del Batallón de Apoyo Logístico; y para los vehículos que circulan de Oriente a Poniente de la Colonia Don Bosco, Santa Tecla, y del Km 17 a la altura de la Residencial Veranda, Blvd. Monseñor Romero, Santa Tecla.
También se restringe la circulación sobre la Carretera Troncal del Norte a los vehículos de carga con capacidad máxima de 15 toneladas en adelante, en el horario de 5 a 8 y 16.30 a 19; a los vehículos de carga que circulan Norte a Sur, de km. 16 a la altura del desvío a Tonacatepeque, y los vehículos de carga que circulan que circulan de Norte a Sur, y desde 29 Calle Oriente a la altura de gasolinera Texaco, los vehículos de carga que circulan de Sur a Norte.
Finalmente, se restringe la circulación sobre la Autopista Comalapa, desde el Km 11 en el sentido de Oriente a Poniente a los vehículos de carga con capacidad máxima de 15 toneladas en adelante, en el horario de 5 a 8 y 16.30 a 19.
Fuente: Viceministerio de Transporte de El Salvador.