Las aerolíneas mexicanas podrán participar más en las rutas entre México y Estados Unidos donde hay demanda; cualquier aerolínea podrá volar a cualquier ciudad de los dos países, sin límites de frecuencia o capacidad, y se abrirán mercados de carga aérea que aumentarán las oportunidades para nuestras líneas aéreas, gracias al nuevo Acuerdo Sobre Transporte Aéreo entre México y los Estados Unidos.

El Acuerdo entró en vigor el 21 de agosto. Sustituye al que rigió desde 1960 y cuya más reciente actualización se produjo hace 11 años, genera las condiciones para que las aerolíneas mexicanas puedan competir con las de EU de manera efectiva, preserva el mercado doméstico para la industria nacional y promueve más y mejores alternativas para los usuarios.

En efecto, el acuerdo fomenta la creación de más rutas y frecuencias, apoya esquemas como el comercio electrónico, que usan de manera intensiva el transporte aéreo; favorece la participación de nuestra industria en las cadenas globales de suministro e impulsa el intercambio comercial, turístico y cultural entre México y los Estados Unidos.

Además, se abre para la aviación de carga un mercado de más de 500 mil millones de dólares al año, que es el monto del intercambio México-Estados Unidos, y significa la posibilidad de acceder a un mercado adicional de casi 700 mil millones de dólares al año, representado por el intercambio Estados Unidos-Canadá.

No se permite que una aerolínea nacional recoja pasaje o carga en una ciudad del otro país y la lleve a otra en esa misma nación (es decir, no se permite el cabotaje), por lo que no se trata de un acuerdo de cielos abiertos.

El nuevo acuerdo establece las condiciones para que cualquier aerolínea mexicana pueda solicitar la aprobación de alianzas ante las autoridades de competencia, lo que permitirá a nuestras líneas aéreas ampliar su capacidad al combinarla con la de otras aerolíneas.

A partir del 21 de agosto, las aerolíneas norteamericanas que deseen operar nuevas rutas o frecuencias en México al amparo del nuevo Acuerdo pueden presentar su solicitud a la Dirección General de Aeronáutica Civil de la SCT quien, de acuerdo con la Ley de Aviación Civil, cuenta con un plazo de hasta 90 días para resolver cada solicitud, a partir de que ésta se presente debidamente integrada.

Este acuerdo bilateral es resultado de una negociación iniciada a petición de las aerolíneas mexicanas y concluidas en noviembre de 2014.

Como producto de esa negociación, el acuerdo fue firmado por ambos gobiernos en diciembre de 2015; se envió al Senado de la República el 26 de febrero de 2016 y dos meses después, el 26 de abril, fue aprobado. Finalmente, el 22 de julio se produjo el intercambio de notas diplomáticas entre ambos gobiernos, que se notificaron la conclusión del proceso aprobatorio y acordaron la fecha de entrada en vigor.

Fuente: Gobierno de México.