El gobierno argentino se hace cargo de la Hidrovía Paraguay-Paraná durante un año según el Decreto 427/2021 del 30 de junio 2021, que establece que se otorga “la concesión de la operación para el mantenimiento del sistema de señalización y tareas de dragado y redragado y el correspondiente control hidrológico de la Vía Navegable Troncal comprendida entre el kilómetro 1238 del Río Paraná, punto denominado Confluencia, hasta la Zona de Aguas Profundas Naturales en el Río de la Plata exterior, a la Administración General de Puertos Sociedad del Estado”

Simultáneamente delega en el Ministerio de Transporte la “confección, suscripción y aprobación del contrato de concesión a celebrar con la Administración General de Puertos Sociedad del Estado, en el cual se fijarán las condiciones de prestación del servicio”, estableciendo:

  • Un plazo de 12 meses a partir de la última prórroga que se dio a Hidrovía SA
  • La base tarifaria y el mecanismo de financiamiento por el sistema tarifa o peaje que percibirá la Administración General de Puertos Sociedad del Estado “sin perjuicio de las subvenciones, subsidios y/o transferencias de aportes del Estado Nacional que transitoriamente resulte necesario efectuar”.
  • La delimitación de la Vía Navegable Troncal.
  • El procedimiento para la eventual revisión de tarifas y/o peajes, “contemplando la participación u opinión de los usuarios, entidades representativas de los sectores afines y obligados al pago”.
  • La autoridad de control actuante y sus alcances.
  • El plan de obras a ejecutar y los parámetros técnicos exigidos para su ejecución.
  • La incorporación del personal que a la fecha de finalización de la actual concesión se desempeñare prestando servicios para la misma.

El decreto completo puede leerse aquí.