El Viceministro de Comercio Exterior de Panamá, Néstor González, presentó ante el pleno de la Asamblea Nacional el proyecto que modifica la Ley 29 de 30 de diciembre de 1992, por medio del cual se optimiza el Sistema Especial de Puerto Libre para Colón que excluye del cobro del Impuesto a la Transferencia de Bienes Corporales y la Prestación de Servicios (ITBMS) y del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC).
Con esta modificación, se busca impulsar las ventas en Colón Puerto Libre y atraer a más empresas para que operen dentro del sistema. “El sistema entró en operación en junio del 2017, y ya se han registrado 17 mil compradores que han sumado 4 millones de dólares en ventas”, resaltó González.
Explicó que, actualmente, los nacionales están exentos del impuesto de importación, y con esta modificación también estarán exentos del pago del ITMBS equiparando los mismos beneficios de los extranjeros.
Adicionalmente, el proyecto contempla la exoneración para nacionales y extranjeros del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) que se le cobra a los artículos de lujo como joyería y tecnología.
En cuanto al sector empresarial, se han registrado 38 empresas entre comerciales y de infraestructura. De estas ocho comerciales ya están 100 por ciento operativas, es decir vendiendo con los incentivos de Colón Puerto Libre.
Para incentivar que más empresas se sumen al sistema, la reforma a la Ley también establece el otorgamiento de los créditos fiscales como incentivo para fortalecer la inversión comercial en las dieciséis (16) calles de la ciudad de Colón (incluyendo Colón 2,000), fomentando el efecto en el resto de la provincia.
Destacó que el proyecto también detalla los incentivos fiscales para los inversionistas de infraestructura y comerciales debidamente registrados y establecidos en el Sistema Especial de Puerto Libre, a los cuales les serán exonerados todos los impuestos de importación de bienes muebles, compra e importación de equipo y materiales de construcción, materias primas, maquinarias, herramientas, accesorios, insumos y todo bien o servicio requerido para las operaciones que realicen dentro del Sistema Especial de Puerto Libre, salvo la exoneración de impuesto de importación sobre los automóviles y/o equipo pesado. Además, les será exonerado el impuesto sobre el capital de la empresa.
Fuente: Ministerio de Comercio e Industrias.