La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa (SIECyGCE) ampliaron de 10 a 60 días el plazo para la autorización de importaciones. 

Durante ese período, contado desde el registro en el Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI), los organismos competentes podrán pronunciarse respecto a la declaración.

La información registrada en el sistema será puesta a disposición de los organismos integrantes del Régimen Nacional de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino, incluidos los alcanzados por la Resolución General N° 3.599 (AFIP) y su modificatoria, a efectos de su intervención en el ámbito de sus respectivas competencias. Para ello, podrán solicitar a la Administración Federal de Ingresos Públicos la inclusión de la información complementaria que estimen necesaria.

Finalmente, la AFIP comunicará a los importadores las novedades producidas por esos entes y, en su caso, las circunstancias que motivan las observaciones formuladas, así como el organismo ante el cual deberán comparecer a los fines de su regularización, de corresponder.

La medida, que comenzó a regir a partir de hoy, viernes 17 de septiembre, fue oficializada a través de la Resolución General Conjunta AFIP y SIECyGCE N° 5070/2021, publicada en el Boletín Oficial.